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El TSJCV anula una evaluación de desempeño realizada en Correos por falta de objetividad
RRHHpress.com -VIERNES, 11 DE JULIO DE 2014 20:22

Recursos Humanos RRHH Press. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Alicante, que anulaba la exclusión de un trabajador de Correos de la Bolsa de Empleo del operador postal del año 2008 y de la solicitud de acceso a la Bolsa de Empleo del año 2011 a causa de una evaluación negativa de desempeño por parte de un director de zona de Valencia, basada en informes de los jefes de la oficinas de Orihuela Costa y Torrevieja realizados en el año 2010.
Según informa el Sindicato Solidaridad Postal, la sentencia de la Sala de lo Social del TSJCV declara nula la evaluación de desempeño realizada al trabajador por sus jefes porque no existe en la empresa Correos un sistema de evaluación de desempeño con parámetros objetivos que se haya implantado y por falta de notificación motivada al trabajador.
Eso comporta, según la sentencia, la anulación de la evaluación negativa y los informes de sus superiores, y que se restablezca o incluya al trabajador en las bolsas de empleo de Orihuela Costa y Torrevieja, además de indemnizarle con 13.845 euros por los daños materiales y salarios perdidos.
El Sindicato Solidaridad Postal de Alicante interpuso demanda ante el Juzgado de lo Social 1 de Alicante contra la resolución de agosto del 2010 del director de la zona de Valencia que, en aplicación del acuerdo alcanzado por la empresa con los sindicatos CCOO y CSIF, permitía expulsar a los trabajadores de las bolsas de empleo por informes negativos de sus jefes sin comunicarlos al interesado.
El juzgado de lo Social 1 de Alicante estimó la demanda, condenando a la empresa a readmitir al trabajador en la bolsa y a indemnizarle, por lo que Correos recurrió ante el TSJCV, al entender que la resolución era contraria a los acuerdos a nivel nacional que había alcanzado con los sindicatos CCOO y CSIF, y pedía que se reconociera su derecho a expulsar de las bolsas de trabajo sin seguir ningún procedimiento que permitiera la defensa del trabajador
El TSJCV concluye que la previsión contenida en el acuerdo de 19 de junio del 2006 y de las bases de la convocatoria de las bolsas de empleo del año 2008 son contrarias al derecho al trabajo del artículo 35 de la Constitución Española, al Estatuto del Empleado Público y al principio de seguridad jurídica del artículo 9.3 de la propia Constitución, al no haber desarrollado la empresa un sistema objetivo de evaluación del desempeño y no dar audiencia al interesado.
RRHHpress


 Fuente:

140712-RRHHpress.com-El TSJCV anula una evaluación de desempeño realizada en Correos por falta de objetividad.

El TSJCV, Condena a correos a readmitir a un trabajador en la bolsa de empleo e indemnizarle con 13.845 euros. http://www.solidaridadpostal.com/condenan-correos-readmitir-trabajador-bolsa-empleo-indemnizarle-euros.html